miércoles, 29 de diciembre de 2021

LA CORRUPCION SIGUE SU RUMBO IMPARABLE


 

A LOS 201 AÑOS DE LA INDEPENDENCIA DE TRUJILLO

LA CORRUPCIÓN A LLEGADO A SU MAXIMO DESCARO

 Si bien celebramos 201 años de la independencia de Trujillo, proclamado un 29 de diciembre de 1820, que nos permitió iniciar nuestra emancipación del estado español, la corrupción ha llegado a su máximo descaro.

No solo se hace necesario un cambio de constitución sino también de la Ley de Municipalidades y de Gobiernos Regionales.

ALCALDES MAS INTOCABLES QUE EL PRESIDENTE

Tu puedes exigir rendir cuentas y cuestionar al Presidente de la República, por recibir visitas y dadivas, hasta proclamar su vacancia por inmoral y corrupto. Los alcaldes son intocables, pues son elegidos con una mayoría de regidores que son su escudo y blindaje para hacer y deshacer de los municipios. Encima compran su silencio de los pocos regidores de oposición y los trasladan a sus bandos, para festinar a sus anchas del dinero del pueblo.

LA INDEPENDENCIA

El 29 de diciembre 1820, la Plaza de Armas de la ciudad de Trujillo fue escenario de la proclamación de la independencia y en la sede del cabildo, presidido entonces por Manuel Cavero y Muñoz, se firmó el acta de independencia de la Intendencia de Trujillo.

 

La Independencia de Trujillo se refiere al proceso histórico peruano que permitió la emancipación de la Intendencia de Trujillo del estado español. Este proceso histórico que terminó con el período colonial en la región se inició en la ciudad de Trujillo entre el año 1820 y 1821.

 

jueves, 23 de diciembre de 2021

NAVIDAD DEL NIÑO DEL PUEBLO DE LA ESPERANZA


 
El CED PAP La Esperanza invita a todos los compañeros y vecinos a celebrar la Navidad del Niño del Pueblo, a realizarse el dia 24 de diciembre a horas 9:00 am en nuestro local partidario ubicado en Av. Gran Chimu 850. Entregaremos juguetes. EL APRA Y NUESTRO COMPAÑEEO JEFE VICTOR RAUL HAYA DE LA TORRE SIEMPRE CON SU PUEBLO!!!

miércoles, 1 de diciembre de 2021

LO QUE LOS VECINOS DEBEN SABER Y DEFENDER


 LEY DE MUNICIPALIDADES 27972

ARTÍCULO 118.- DERECHO DE DENUNCIAR INFRACCIONES Y A SER INFORMADO

 Los vecinos tienen el derecho de formular denuncias por escrito sobre infracciones, individual o colectivamente, y la autoridad municipal tiene la obligación de dar respuesta en la misma forma en un plazo no mayor de 30 (treinta) días hábiles, bajo responsabilidad directa del funcionario, regidor o alcalde, según sea el caso, y a imponer las sanciones correspondientes o, en caso pertinente, a declarar de manera fundamentada la improcedencia de dicha denuncia. La municipalidad establecerá mecanismos de sanción en el caso de denuncias maliciosas. El vecino tiene derecho a ser informado respecto a la gestión municipal y a solicitar la información que considere necesaria, sin expresión de causa; dicha información debe ser proporcionada, bajo responsabilidad, de conformidad con la ley en la materia.