MUNICIPALIDAD
APROBO ORDENANZA QUE
OBLIGA
CAPACITACION DE CONDUCTORES
Conductores de vehículos automotores del
Servicio Público de Transporte Terrestre de la provincia de Trujillo; serán capacitados
gratuitamente en una Escuela de Conductores, lo cual les permitirá obtener y/o
renovar su Certificado de Habilitación de Conductor en la Municipalidad
Provincial de Trujillo, gracias al convenio suscrito entre el Sindicato de Choferes de Trujillo y el Centro de Gestión,
Capacitación y Desarrollo en Transporte.
Ronald Grados Rebaza, Secretario General del
Sindicato de Choferes de Trujillo, refirió que, con dicha capacitación, los
conductores cumplirán con una de las obligaciones establecidas en los artículos
31º y 71º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por
Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC y sus modificatorias; y en la Ordenanza Municipal
Nº 038-2014-MPT.
Las referidas normas reglamentarias establecen
la obligatoriedad que tiene todo conductor de vehículo automotor de Servicio
Público de Transporte Terrestre, de realizar una capacitación anual; la cual
será acreditada con el certificado expedido por una Escuela de Conductores
debidamente autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
El dirigente sindical, expreso que el Centro de
Gestión, Capacitación y Desarrollo en Transporte, es promotor de la Escuela de
Conductores Integrales “CEGECADET” y del Centro de Conciliación “CCGRAM”,
debidamente autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el
Ministerio de Justicia, respectivamente; cuyos servicios se brindaran en forma
gratuita a los conductores, en lo que respecta a la capacitación anual y
conciliación extrajudicial por accidentes de tránsito.
A PARTIR DEL 15 DE DICIEMBRE
A efectos de contar con conductores debidamente
capacitados y habilitados en la prestación del Servicio Público de Transporte
Terrestre; el Sindicato de Choferes de Trujillo, suscribió el Convenio con el
Centro de Gestión, Capacitación y Desarrollo en Transporte; el mismo que se
ejecutará a partir del 15 de Diciembre del presente año.
En virtud de dicho convenio, los conductores
serán capacitados en temas de los Reglamentos de Transporte y Tránsito
Terrestre, Atención al Usuario, Manejo Defensivo, Sensibilización sobre
Accidentes de Tránsito, Primeros Auxilios, y, Uso de la Tecnología Aplicada al
Transporte.
Con ello, no solo se contribuirá a que el
conductor cumpla con uno de los requisitos para obtener su certificado de
habilitación para conducir un vehículo de Servicio Público de Transporte
Terrestre; sino que, en especial, se contribuirá generar conciencia vial, para
reducir el índice de siniestralidad de accidentes de tránsito en nuestra
ciudad; así como, mejorar el trato al Público Usuario, al cual nos debemos
todos los conductores de vehículos automotores.
REQUISITO ESENCIAL
Grados, reiteró que de acuerdo a las normas
reglamentarias, antes señaladas; “Constituye requisito esencial para conducir
un vehículo del servicio de Transporte, que el conductor se encuentre
habilitado”. La vigencia de la habilitación del conductor será anual y de renovación
automática una vez cumplida la obligación de seguir los cursos de capacitación
obligatorios…”. Esto significa que, conductor que no se capacita, no será
habilitado; y, consecuentemente, no podrá conducir un vehículo de servicio de
transporte público de Transporte Terrestre.
Las normas reglamentarias, establecen las sanciones
que corresponden aplicar a las Empresas de Transporte que permitan la
conducción de vehículos de su flota vehicular, por conductores no habilitados; y
las sanciones para el conductor que no cuente con la capacitación anual, que de
acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 038-2014-2014 es de cuatro por ciento de la
Unidad Impositiva Tributaria, equivalente a Ciento Cincuenta y dos Nuevos Soles
(S/. 152.00).